Conservar la vivienda habitual

Conservar la vivienda habitual

Es frecuente qué al acudir a un procedimiento de segunda oportunidad para cancelar las deudas, interese conservar la vivienda habitual.

La Ley no dispone nada específico al respecto, pues lo normal es liquidar todas las deudas, pero también todos los bienes. No obstante, en algunos casos si se podrá conservar la vivienda habitual.

En concreto si la vivienda se encuentra gravada por una hipoteca con un valor superior, o similar, al valor de mercado, esta se podrá conservar, siempre que se está al día de los pagos de la hipoteca.

Por ejemplo, si la vivienda tiene un valor de 100.000 euros y una hipoteca de 120.000 euros, entonces se podrá conservar.

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